Mucho ha llovido desde que el 8 de marzo de 1908 se produjera un incendio en una fábrica textil de Nueva York que costó la vida de 130 mujeres obreras que reclamaban iguales derechos laborales que los hombres.
Cincuenta y un año antes, el 8 de marzo de 1857, las obreras del textil realizaron una gran huelga y, exigiendo el derecho a trabajar y mejores condiciones laborales, se manifestaron por las calles de Nueva York.
Sesenta y ocho años antes, en 1789, las mujeres de París marchaban hacia Versalles al grito de “libertad, igualdad y fraternidad”, exigiendo durante la Revolución Francesa el derecho de voto para la mujer. Dos años después, en 1791, Olimpia de Gouges redactó y presentó a la Asamblea Nacional Francesa la “Declaración de los Derechos de la Mujer y de la Ciudadana” que, tras reivindicar la dignidad de las mujeres y sus derechos y libertades fundamentales, le acabaría costando la vida en la guillotina.
Cuando en 1910, también un 8 de marzo, Clara Zetkin propuso, en la Segunda Conferencia Internacional de Mujeres Socialistas, que se celebrara todos los años el Día de la Mujer, por los derechos y libertades de todas las mujeres del mundo, quedó aprobada su propuesta. Al año siguiente se celebró en Alemania, Austria, Dinamarca y Suiza, el Día Internacional de la Mujer, exigiendo no sólo el derecho al voto y a ejercer cargos públicos, sino también el derecho al trabajo, a la formación profesional y el fin de la discriminación laboral.
En 1952 la ONU instituyó el 8 de marzo como “Día Internacional de la Mujer”. Y desde 1975 hasta 1995, esta misma organización ha realizado 4 Conferencias Mundiales sobre la Mujer.
Esta larga lucha de las mujeres por alcanzar la plenitud de sus derechos que, formalmente, se ha terminado reconociendo al ser humano en su vertiente masculina, ha tenido siempre como muralla a la institución del patriarcado. Esta estructura social, el patriarcado, sitúa la supremacía del varón en el centro de la sociedad y sus ideas, valores, costumbres y sentimientos son los predominantes. Prácticamente todas las sociedades conocidas en la historia se han basado, y se siguen basando, en el patriarcado.
La institución patriarcal está basada en la supremacía masculina institucionalizada y, a su vez, la perpetúa. Al mismo tiempo, exige una mujer sumisa, sometida, inferior y dependiente, sin derecho a una identidad propia: tan sólo reflejo de la identidad masculina. Conviene retener este sencillo esquema, pues es el origen de toda la violencia machista desencadenada contra la mujer.
La filosofía, el derecho y la historia han cristalizado esta ideología patriarcal hasta formar parte de los valores y comportamientos sociales. De esta forma, incluso cuando se promulgaban declaraciones de derechos humanos, los derechos de las mujeres resultaban invisibles, así como sus necesidades. Por ello, la Conferencia Mundial de Derechos Humanos, celebrada en Viena en 1993, se vio obligada a reconocer que “los derechos de la mujer y la niña son parte inalienable, integrante e indivisible de los derechos humanos universales”. Asimismo, declaró que la violencia ejercida contra las mujeres era, también, una violación de los derechos humanos.
La lucha feminista ha conseguido colocar en la agenda pública mundial los problemas de la mujer, sus derechos y, especialmente, la violencia de que es objeto, tanto en el ámbito privado como en los conflictos internacionales.
Pero aunque, como decía al principio, ha llovido mucho, tiene que seguir lloviendo mucho más en los procesos de igualación social entre hombres y mujeres, porque ello condiciona, día a día, el ejercicio real de los derechos y libertades de estas últimas.

II

Cuando en 1789 se proclama la Declaración de los Derechos del Hombre y del ciudadano, se enumeran los derechos que poseían los hombres, no como género humano, sino como personas del género masculino. Y esta concepción de la igualdad y de la libertad ha estado vigente en todas las Constituciones y códigos jurídicos durante más de dos siglos. Las mujeres no formaban parte de los iguales: merced al contrato sexual que las sometía a los hombres, no podían ejercer como sujetos autónomos.
Los distintos movimientos de mujeres a nivel mundial han luchado por reformular globalmente los Derechos Humanos desde una perspectiva de género, dado que las necesidades y demandas de las mujeres resultaban invisibles en la sociedad y en las leyes. Obviamente, la violación de sus derechos no era considerado violación de los Derechos Humanos.
Hasta 1993, en la Conferencia Mundial de Derechos Humanos celebrada en Viena, la comunidad internacional no reconocería que los derechos de la mujer formaban parte indivisible de los derechos humanos universales. En este momento se urge a los Estados a establecer programas de educación en derechos humanos. Fue, sin duda, un importante avance en el reconocimiento de la discriminación y la violencia contra las mujeres, por el hecho de ser mujeres, como violación de sus derechos humanos.
Así pues, en teoría se reconoce el derecho de las mujeres a la igualdad, a la libertad y a su integridad personal. En la práctica sigue siendo un objetivo inalcanzable en la mayoría de los países del mundo.
Esta práctica cotidiana provoca que entre 2 y 3 millones de mujeres o niñas pierdan, cada año, la vida a causa de la violencia o el abandono por el hecho de ser mujeres. Esto significa que cada 2/4 años se alcanza un número de víctimas equiparable al Holocausto nazi: el Holocausto Femenino.
Los derechos humanos de las mujeres son violados sistemáticamente en todos los países, en todas las clases sociales, en todas las etnias. Si agrupamos las tres grandes áreas de derechos violados, podríamos hablar de:

1.- Violaciones al derecho de libertad
• A la libertad de conciencia, de expresión, de reunión y asociación: la mujer debe subordinar su pensamiento y su conducta a los del hombre, sea padre, esposo, amante, hermano o hijo.
• A la libertad de movimientos: el esposo, padre o compañero, impiden que la mujer trabaje, estudie o salga sin su autorización.
• Al libre desarrollo de la personalidad: desde que nace su cultura patriarcal de dependencia y subordinación limita su desarrollo en todos los ámbitos.
• Al propio control de su cuerpo y de su sexualidad.

2.- Violaciones al derecho a la igualdad
• Cuando se niega o limita el acceso a la toma de decisiones y al poder político en igualdad de derechos y oportunidades con el hombre.
• Cuando el sistema judicial trata a las mujeres en forma discriminatoria, en los casos de violación, abuso sexual o violencia machista, donde los procedimientos son inadecuados, se desconoce el manejo de estas situaciones por los funcionarios y, en muchos casos, las víctimas son consideradas responsebles de la violencia en su contra.
• Cuando se niega un acceso adecuado a los servicios de salud, nutrición o planificación familiar.
• Cuando se niega o dificulta su acceso a la educación. Ésta es una herramienta importante para combatir los estereotipos sexuales y las conductas que atentan contra sus derechos.

3.- Violaciones al derecho a la integridad personal
• Violencia física, psíquica, sexual y económica en las relaciones familiares y de pareja.
• Abuso sexual y estupro, especialmente los incestuosos.
• Violencia social en la comunidad: violaciones, abusos sexuales, hostigamiento e intimidación sexual en el trabajo, en instituciones educativas, en la administración de justicia y en otros ámbitos.
• Prostitución y tráfico de mujeres y niñas.
• Asesinato de mujeres por maridos, ex-maridos, amantes y familiares.
• Mutilaciones genitales por razones religiosas.
• Violaciones como arma de guerra en los conflictos.
• Esterilización forzada, aborto forzado, anticoncepción forzada, infanticidio de niñas y determinación prenatal del sexo.

Así pues, esta violación sistemática de los derechos humanos de las mujeres exige, en primer lugar, trabajar por el reconocimiento legal de sus derechos o, en caso de existir éstos, reformular la legislación existente, poniendo el acento en la protección de sus derechos en materia penal, civil o administrativa. Todo ello orientado a prevenir o sancionar cualquier conducta violenta contra la mujer y sus derechos humanos.
Por último, y simultáneamente, deben desarrollarse potentes programas de información y formación, para todas las edades y a toda la población, que tengan como diana los comportamientos patriarcales y machistas, y que difundan los derechos de la mujer, especialmente en el ámbito de su libertad, su igualdad y su integridad personal.

III

Las manifestaciones del patriarcado son constantes en la cultura occidental. Los clásicos griegos están plagados de violaciones, raptos y malos tratos a las mujeres; su mitología está sembrada de dioses violentos y agresivos. Ya Aristóteles, el fundador de la filosofía clásica, dividía a los humanos en un sexo fuerte y otro débil e inferior. Con sus textos ponía la primera piedra para justificar la marginación femenina en la sociedad.
El poder que el hombre ejercía sobre la mujer, y por tanto, el control sobre ésta, vino a reforzarse con la aparición de los grandes monoteísmos: Yahvé, Dios y Alá, sucesivamente. Con la creencia en un solo dios masculino y omnipotente, las mujeres se vuelven invisibles en la sociedad y se disuelven en el ámbito privado. Desde entonces las religiones asignarán las posiciones sociales de hombres y mujeres y determinarán sus formas de pensar, sus relaciones y sus comportamientos.
Las religiones monoteístas detestan a las mujeres a través de sus textos: el hombre a imagen de su dios, la mujer subproducto de una costilla, serpiente que habla y ofrece sabiduría, mujer tentada y, a su vez, tentadora para siempre, la impureza (maldición) de su menstruación. Continuas son las referencias misóginas en la Biblia, la Torá y el Corán, con una única finalidad: el control de la mujer por el varón y su mantenimiento en posiciones subalternas y sumisas en el ámbito social. Y siempre el gran principio de la desigualdad en dignidad y derechos en el frontispicio de sus tradiciones.
Para la Iglesia católica (Ic, en adelante), el destino de la mujer ha sido, y sigue siendo, ser esposa, formar una familia, recibir los hijos que dios quiera, educarlos, cuidarlos y sufrir con resignación las consecuencias negativas de todo este entramado. La familia, para la Iglesia, tiene prioridad sobre los derechos individuales de las mujeres.
Pero donde se sustenta la misión reproductora (biológica y de la fuerza de trabajo) de la mujer es en su educación. En este terreno, el dominio de la Ic, hasta el breve período de la 2ª República, fue absoluto. Durante todo el s. XIX y las primeras décadas del s. XX, la Ic se opuso a extender la alfabetización pública y la educación general de las niñas, con el patético argumento de que así permanecerían en “estado de gracia” al no verse expuestas a doctrinas heréticas, liberales o socialistas.
Ya Pío XI en la encíclica Divini illius magistri (1929) establecía que la misión de educar correspondía, “ante todo y sobre todo” a la Iglesia y a la Familia, y ello lógicamente “por derecho natural y divino”. Asimismo, denunciaba la coeducación como un error “por partir del naturalismo negador del pecado original” (¿?). Para la Ic la convivencia promiscua de niños y niñas en una misma aula avalaba la igualdad niveladora entre ambos sexos, y ello era “antinatural”.
En realidad, tras el miedo a la coeducación latía, y sigue latiendo, el miedo a la emancipación de las mujeres, que el mismo Pío XI, en la encíclica Casti Connubi, definía como “corrupción del carácter propio de la mujer y de su dignidad de madre; es trastorno de toda la sociedad familiar, con lo cual al marido se le priva de la esposa, a los hijos de la madre y a todo el hogar doméstico del custodio que la vigila siempre”. Así, no es de extrañar que tras el golpe de Estado contra la 2ª República, el ejército rebelde aboliera la coeducación, en 1936, con argumentos como éste: “con la supresión de esta inmundicia moral y pedagógica que se llamaba coeducación, hemos dado el primer paso hacia una verdadera formación de la mujer”.
No se piense que esta visión de la mujer por parte de la Ic ha variado mucho. Ya no es socialmente aceptable utilizar el mismo lenguaje, pero el contenido permanece. En la IV Conferencia Mundial sobre la Mujer, celebrada en Beijin (1995), la Iglesia católica se mostró muy interesada en “clarificar la plena verdad sobre la mujer”. Para ello Juan Pablo II dirigió una Carta a las mujeres “aclarando” la identidad y posición social de éstas: “En la creación de la mujer está inscrito, pues, desde el inicio, el principio de la ayuda” (al hombre, por supuesto). Así, el intento de salirse de los roles asistenciales, familia, educación o sanidad, se vería como un proceso de “masculinización”.
Y éste es uno de los aspectos principales que denunció el Pontificio Consejo para la Familia en su documento Familia y derechos humanos: “la creciente masculinización de la mujer”, consecuencia de la “igualdad indiferenciada”, producto a su vez de ideologías “anti-vida y anti-familia y destructoras de las naciones”. Así pues, para la Ic hombres y mujeres somos diferentes, lo cual es una obviedad; pero mantener que unos y otras debemos tener distintos derechos individuales, es una aberración ideológica y una inmoralidad.
La Iglesia católica (Ic) nunca ha aceptado la igualdad de la mujer en derechos respeto al hombre. La poderosa maquinaria eclesiástica no le ha concedido a la mujer los mismos derechos que a los hombres en el seno de su Iglesia, ni se los concede actualmente en el ámbito social. Y la prueba más evidente es que la Santa Sede no ha firmado todavía la Convención de los Derechos Políticos de la Mujer (1952), la Declaración sobre la eliminación de la discriminación contra la mujer (1967), ni la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (1979), entre otros convenios internacionales.
Esta poderosa monarquía absoluta anacrónica que es la Ic, no puede aceptar el texto íntegro de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, y no puede aceptarlo porque no acepta la igualdad jurídica real entre hombres y mujeres, ni la libertad de conciencia, de expresión o de enseñanza. Cada vez que la Ic nos habla de que “se da entre todos los fieles una verdadera igualdad en cuanto a la dignidad”, (canon 208 del Código de Derecho Canónico), sabemos que es palabrería, retórica de la igualdad, pues entre sus fieles no existe igualdad en derechos entre hombres y mujeres. Y fuera de su Iglesia, menos aún la reconoce.
Por lo tanto, mientras la jerarquía católica siga sin reconocer sus derechos individuales a las mujeres en todos los ámbitos, en igualdad de condiciones a los hombres, no tendrá ninguna credibilidad social y su autoridad moral será nula. La Iglesia católica no está en condiciones de dar lecciones de ética ni sobre derechos humanos a nadie. Sencillamente, no tiene ninguna autoridad moral.

IV

En el caso de la religión musulmana, el papel subordinado de la mujer, al igual que en el mundo católico, la mantiene atrapada en un sistema estrictamente patriarcal, que se ve agravado por la férrea identificación del poder religioso con el poder civil.
Las luchas de los países arabo-musulmanes contra la colonización se articuló en torno a valores visceralmente antioccidentales y facilitó que estos procesos revolucionarios hundieran sus raíces en la “tradición”, lo que a u vez les alejaba de la posibilidad de búsqueda de una identidad moderna, basada en unos principios racionalistas. De hecho, el Estado musulmán moderno nunca se ha presentado como laico (salvo Turquía).
Resulta difícil entender la dicotomía Islam-Democracia sin un somero repaso de su texto fundamental, el Corán, en la perspectiva de la Carta de las Naciones Unidas, por la que se proclamó la Declaración Universal de Derechos Humanos, firmada en 1945. En este último texto, firmado entre los primeros Estados por Arabia Saudita, Siria, Egipto, Líbano, Irán y Turquía, se reconoce en su artículo 18 el derecho de toda persona a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión y, lógicamente, el derecho a “cambiar de religión o convicción”. Por el contrario, la Shari´a la condena, en su interpretación oficial, articulándola en torno a la ta´a, la obediencia.
La mayoría de los países arabo-musulmanes, a pesar de haber firmado la citada Declaración, que se configura como superior a todas las leyes locales y, por tanto, a las propias constituciones, han velado su difusión en el interior de sus fronteras. Lejos de aprovechar resta oportunidad para divulgar y extender el conocimiento de estos derechos universales, proclamados en 1948, los gobernantes musulmanes le pusieron el hiyab (el velo). Divulgar conceptos como libertad de pensamiento o libertad de conciencia, o reconocer el derecho a cambiar libremente “de religión o convicción”, hubiera obligado a plantear las bases políticas, jurídicas y filosóficas del Estado laico. Ese hubiera sido el gran debate de la modernidad en el mundo arabo-musulmán.
Por el contrario, por las fisuras por donde l@s ciudadan@s podrían haber introducido aires de librepensamiento, de igualdad o de participación cívica en los Estados musulmanes, éstos hacían uso (y abuso) de cláusulas de reserva o enmiendas a la Carta y a las convenciones internacionales (al igual que la Iglesia católica). Un solo botón de muestra: cuando el 8 de diciembre de 1979 la República egipcia presentó sus enmiendas al artículo 9 de la Convención sobre “la eliminación de todas las forma de discriminación con respecto a la mujer”, los argumentos que presentaron como “reserva” a la igualdad hombre-mujer, en relación con el matrimonio, afirmaban que “no deben ir en contra de las disposiciones de la Shari´a,…, que halla su manantial en profundas convicciones religiosas, que no estaríamos en condiciones de transgredir,…”. Sin comentarios. Por lo tanto, firman la Convención y son Estados muy modernos, pero por otro lado, hacen uso del “derecho de reserva” y afirmo lo contrario.
Lo dicho no puede hacernos olvidar que en los países arabo-musulmanes miles de mujeres y hombres luchan diariamente, desde distintas coordenadas políticas y sociales, por ampliar sus derechos y libertades y contra los autoritarismos de todo tipo, en condiciones de máxima represión y con un saldo de miles de prisioneros políticos, torturados, encarcelados o ejecutados. Y al frente de ellos, miles de mujeres musulmanas o laicas están poniendo en tela de juicio siglos de misoginia y opresión.
Los códigos civiles musulmanes reproducen en sus artículos los esquemas patriarcales de una familia donde se debe la ta´a (obediencia) y donde la voluntad del jefe anula todas las demás voluntades individuales. Y esos códigos contrarios a los derechos y libertades reconocidos en la Declaración de 1948, y que los Estados antidemocráticos musulmanes defienden como sagrados, están siendo rechazados, cada vez, por mayor número de mujeres y hombres.
Otro aspecto a tener en cuenta es el factor de clase y su consiguiente influencia económica en el seno de cada Estado. Las mujeres del proletariado urbano o del mundo rural deben soportar, en mucha mayor medida, el peso de la tradición musulmana, con su consiguiente carga patriarcal. Su desigual acceso a la educación y a la sanidad pública, las sitúa en franca desventaja. Aunque se van abriendo brechas en las estructuras patriarcales en el entorno rural a medida que avanza la sociedad urbana, y ello provoca cambios en los comportamientos demográficos y laborales, es en los niveles económicos urbanos de mayores ingresos donde se sitúa el punto crítico del conflicto: allí donde las mujeres musulmanas (al igual que en las democracias occidentales) se están descubriendo como sujeto de derechos y libertades, es decir, como ciudadanas.
Si a menudo, para l@s hij@s de los pobres sólo existe la escuela coránica, l@s hij@s de los que tienen capacidad económica pueden acceder a los dos saberes, el moderno y el tradicional y, en muchos casos, pueden estudiar en el extranjero, lo que provoca una auténtica sima entre los universos culturales de l@s hij@s de los musulmanes, según su clase social e ingresos. Lógicamente, las posibilidades de encontrar empleo dependen de que se dominen los saberes “modernos”. Por el contrario, los petrodólares que se invierten por todo el mundo promoverán sólo el saber tradicional, para salvaguardar la asala (especificidad), cultivar la ta´a (obediencia), la autoridad y la docilidad. Es el caso de las grandes mezquitas del mundo occidental.
Por más que puedan atribuirse diferentes interpretaciones del libro sagrado de los musulmanes, es evidente que el Corán elabora y difunde un cuerpo doctrinal profundamente patriarcal, y por tanto machista. Sin ánimo de resultar exhaustivo, se pueden citar algunas referencias:
• Sura 33: a propósito de las esposas de Mahoma, Dios ordena que se “queden en sus casas” y que “se cubran con el manto”, para que “se las distinga y no sean molestadas”. Asimismo, está prohibido a los creyentes casarse con ellas, una vez repudiadas o muerto el Profeta.
• Sura 4: a propósito del repudio, tanto en caso de deshonestidad de la esposa como por el deseo del marido de cambiar de esposa, con cuatro testigos de deshonestidad, el esposo tiene derecho a recluirla “hasta que muera” o “hasta que Dios le procure una salida” (¿Arrepentimiento?). En esta misma sura se establece la superioridad masculina sobre la mujer y, por tanto, la sumisión que se le exige a la mujer “virtuosa”: “¡Amonestad a aquellas de quienes temáis que se rebelen, dejadlas solas en el lecho, pegadles! Si os obedecen, no os metáis más con ellas. Dios es excelso, grande”.
• Sura 2: la incitación a la copulación frecuente (en el ámbito conyugal), se expresa como: “vuestras mujeres son campo labrado para vosotros. ¡Venid, pues, a vuestro campo como queráis…”, salvo en período menstrual, ya que “la menstruación es un mal…Manteneos pues aparte de las mujeres durante la menstruación y no os acerquéis a ellas hasta que se hayan purificado!…”.

Otra característica del texto del Corán (como de la Biblia) es que la mujer no existe como ser individual con necesidades afectivas y sexuales; su personalidad y sus deseos nunca son tenidos en cuenta. Tanto en la Tierra como en el Paraíso, el hombre es el único sujeto de atención material y sexual. Resulta difícil comprender la relación de pareja sin tener en cuenta las necesidades materiales, emocionales y sexuales de la mujer.
Asimismo, el comportamiento cultural y social dominante en el mundo musulmán establece que las mujeres no pueden elegir marido sin el consentimiento del padre, tío o hermano, ni tener relaciones sexuales prematrimoniales, ni separarse sin su consentimiento, ni circular libremente en el espacio público (con las consiguientes diferencias entre naciones y clases sociales diferentes). Y para que este sistema patriarcal siga funcionando, los detentadores del poder deben evitar a toda costa la separación del poder religioso del poder político, fundamentándolo en que la legitimidad proviene de dios. En la práctica, es el mismo mensaje que propaga la Iglesia católica.

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